Nota informativa No. 78- 2021 Entrada en vigencia del “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gabinete de Ministros de Ucra

La Embajada del Perú en Polonia, concurrente en Ucrania, informa que ha salido publicado en el Diario Oficial El Peruano la entrada en vigor el 27 de octubre de 2021 del  “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gabinete de Ministros de Ucrania sobre exención de visados para estancias de corta duración”, suscrito el 15 de julio de 2021. 

A partir de esa fecha, los nacionales de cualquiera de las Partes podrán entrar, permanecer, salir y transitar por el territorio del Estado de la otra Parte durante un período no superior a noventa (90) días, en un plazo de ciento ochenta (180) días, portando los siguientes documentos de viaje:

1) Lista de documentos de viaje expedidos a los nacionales de Ucrania para entrar, salir, transitar y permaneceren el territorio de la República del Perú:

- Pasaporte del ciudadano de Ucrania para viajar al extranjero, con una vigencia mínima de seis meses contados desde su ingreso a territorio peruano;

- Documento de identificación del Marino (sobre el registro en una lista de a bordo o extracto de él);

- Certificado de regreso a Ucrania (solo para el regreso a Ucrania).

2) Lista de documentos de viaje expedidos a los nacionales de la República del Perú para entrar, salir, transitar y permanecer en el territorio de Ucrania:

- Pasaporte ordinario, con una validez mínima de seis meses a partir de la fecha de entrada en el territorio de Ucrania;

- Documento de identificación del Marino (sobre el registro en una lista de a bordo o extracto de él);

- Salvoconducto para el retorno a la República del Perú o al país de residencia (Sólo para el retorno a la República del Perú o al país de residencia).

 

 

Varsovia, 18 de octubre de 2021.

 



Vía Prensa Turismo Gobierno

Comentarios

Entradas populares de este blog

Programa de Semana Santa en Huancayo 2012