Modificación de las disposiciones solicitadas por las autoridades peruanas para los viajeros que ingresen al Perú procedentes del exterior

-        Para ingresar al Perú, se debe completar la “Declaración jurada electrónica de salud del viajero "Compromiso de comunicar a la autoridad de salud” (https://www.gob.pe/institucion/mtc/informes-publicaciones/829995-formato-de-declaracion-jurada-para-viajes-en-transporte-aereo), eligiendo el tipo de viaje dentro de las 72 horas previas a este, y presentarlo de manera virtual. Si se es menor de edad o persona dependiente, este registro deberá ser completado por el representante legal o persona a cargo. Se podrá solicitar descargar una aplicación para realizar el registro, sin embargo este requisito no es obligatorio y se podrá optar por otros medios para hacerlo.
 
-        Se deberá someter a una prueba molecular al menos 72 horas antes del vuelo, y presentar el resultado negativo en el aeropuerto. La prueba molecular es requisito obligatorio para niños mayores de 12 años, adultos y adultos mayores. En caso de niños menores de 12 años, solo requieren contar con un certificado médico de buena salud.
 
-        De acuerdo al Decreto Supremo Nº 046-2021-PCM, la medida de cuarentena podrá finalizar antes de cumplir los 14 días calendario si se cuenta con un resultado negativo de la prueba antígena para el descarte del COVID-19, cuya toma de muestra se realice a partir del ingreso al país. El costo de la referida prueba será asumido por el pasajero. Aquellas personas cuyo resultado sea positivo, ingresan a aislamiento obligatorio según normativa vigente, el que se realizará en la Villa Panamericana u otro centro de aislamiento temporal en coordinación con la autoridad sanitaria. Estas disposiciones estarán vigentes desde el día 15 de marzo de 2021 (https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-modifica-el-decreto-supremo-n-184-2020-decreto-supremo-n-046-2021-pcm-1934861-1/). 
 
-        La inmovilización social obligatoria que se deberá respetar será de acuerdo al nivel de alerta del lugar en donde se aloja en el Perú. Se puede revisar las medidas para enfrentar la pandemia según el nivel de alerta y provincia, a través del siguiente enlace electrónico: https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-prorroga-el-estado-de-emergencia-naciona-decreto-supremo-n-058-2021-pcm-1938954-2/
 
-        Se prorroga del 16 al 30 de abril de 2021, la suspensión de los vuelos de pasajeros provenientes del Reino Unido, Sudáfrica y Brasil (https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/prorrogan-la-suspension-de-los-vuelos-de-pasajeros-provenien-resolucion-ministerial-n-335-2021-mtc01-1943912-1/).
 
-        Igualmente, se suspende hasta el 9 de mayo de 2021, el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes procedentes del Reino Unido, Sudáfrica y/o Brasil, o que hayan realizado escala en dichos lugares en los últimos 14 días calendario (https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-prorroga-el-estado-de-emergencia-naciona-decreto-supremo-n-076-2021-pcm-1944838-1/).
 
 
                      Washington DC, 28 de abril de 2021 
 


Vía Prensa Turismo Gobierno

Comentarios

Entradas populares de este blog

Programa de Semana Santa en Huancayo 2012