Disposiciones vigentes para los viajeros que ingresen al Perú, procedentes del exterior, y a Estados Unidos
En complemento a las disposiciones vigentes de cumplimiento obligatorio para los pasajeros que aborden vuelos hacia el Perú[1], mediante Decreto Supremo N° 008- 2021-PCM, el Gobierno peruano ha dispuesto que, a partir del 31 de enero, y hasta el 28 de febrero de 2021, se suspende el ingreso al Perú de extranjeros no residentes procedentes de Europa, Sudáfrica y/o Brasil, o que hayan realizado escala en dichos lugares. https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-prorroga-el- estado-de-emergencia-naciona-decreto-supremo-n-008-2021-pcm-1923103-1/ De igual manera, se informa que el Gobierno de los Estados Unidos exige, a partir del 26 de enero, que todos los pasajeros que lleguen vía aérea a ese país, provenientes del extranjero, se realicen una prueba COVID-19, no más de 3 días antes de su vuelo y presenten una constancia de resultado negativo o documentación que demuestre su recuperación del COVID-19 a la aerolínea, antes de abordar al avión. https://